Sunat: Hoteles y restaurantes deben emitir comprobantes electrónicos, ¿desde cuándo?
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La no emisión de un comprobante de pago impreso puede conllevar a una sanción de hasta 1 UIT o cierre del establecimiento por 10 días, ¿ocurre lo mismo con los comprobantes electrónicos?
En el marco del proceso de masificación del uso de los comprobantes electrónicos , la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó que más de 20 mil nuevos contribuyentes, principalmente del sector hoteles y restaurantes, estarán obligados a usar este sistema, que facilita el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
La Sunat tiene registrados a 83 proveedores que forman parte del sistema de facturación electrónica del país. (Foto: USI)
Indicó que una de las condiciones para que estos contribuyentes estén obligados a emitir comprobantes electrónicos es que hasta diciembre del 2016 hayan registrado ingresos mayores o iguales a 150 UIT (S/ 622,500 al año).
Si el proveedor de un servicio o bien obligado a emitir comprobantes electrónicos, emite uno físico, éste no tendrá validez tributaria tanto para el emisor como para el comprador. Ingrese a este enlace para verificar la obligación ingresando el RUC del proveedor.
Esta medida será obligatoria desde el 1 de agosto del presente año.
La Sunat recordó que la no emisión de un comprobante de pago impreso puede conllevar a una sanción de hasta 1 UIT o cierre del establecimiento por 10 días.
En caso no se emita un comprobante de pago electrónico, siendo un contribuyente obligado, la sanción puede ascender hasta 50% de la UIT o al cierre de hasta 10 días, dependiendo del régimen tributario del contribuyente.
En ambos supuestos la sanción se aplica por cada verificación y son efectivas a los criterios de gradualidad vigentes.
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Los contribuyentes para emitir electrónicamente podrán contratar a los Proveedores de Servicios Electrónicos (PSE) quienes les prestan servicios para la elaboración de los comprobantes de pago en formato digital (archivo XML).
El PSE se acredita ante la Sunat para lo cual pasa un proceso de homologación de los documentos electrónicos que vayan a generar y están facultados a utilizar su certificado digital por lo que en esta modalidad el contribuyente no tiene la necesidad de adquirir uno propio.
Actualmente, la Sunat tiene registrados a 83 proveedores que forman parte del sistema de facturación electrónica del país, permitiendo de este modo que el contribuyente tenga distintas alternativas de elección.
“Se espera que a fin de año se incorporen a los distintos sistemas de emisión electrónica más de 250 mil contribuyentes, que realizarán alrededor del 80% de las ventas totales que se realicen en todo el país”, dijo la Sunat.
A partir del 01/01/2019 los trabajadores con rentas de cuarta y quinta categoría pueden deducir como gasto del pago del Impuesto a la Renta (IR) hasta el 15% del monto gastado en hoteles, restaurantes y bares.
Con la finalidad que los contribuyentes puedan saber con certeza cuáles son los hoteles y restaurantes emisores de comprobantes electrónicos, a través de los cuales podrán descontar parte de ese gasto del pago del IR del año siguiente, la Sunat implementó un módulo de consulta en su APP y en su página web, para que de esta manera los usuarios de estos servicios puedan exigir los documentos electrónicos donde debe registrarse el DNI o RUC del mismo para que la deducción sea válida. Este instrumento surge ya que actualmente no todos los establecimientos están obligados a emitir comprobantes electrónicos, esto se dará de forma progresiva en los próximos años, según un cronograma establecido por la Sunat.
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Para utilizar esta aplicación del portal web de la administración tributaria que estará disponible las 24 horas del día, solo se debe ingresar el número de RUC del establecimiento o la razón social del mismo y se realizará la verificación en línea, indicando si el local está obligado o no a emitir comprobantes electrónicos y si tienen registrado como actividad principal restaurante u hotel.Es importante recordar que las deducciones de gastos adicionales (arrendamiento, gastos en servicios de médicos y odontólogos y de otros servicios, pago de Essalud de trabajadores del hogar y gastos en restaurantes y hoteles) tendrán un límite máximo de 3 UIT (12,600 soles) para el descuento.
Con este aporte tecnológico la Sunat está implementando nuevas estrategias para simplificar procedimientos, entregando información a los contribuyentes, destinada a ubicarlos, orientarlos, convencerlos, y finalmente inducirlos a cumplir oportunamente con las obligaciones tributarias.
Escrito por: Abg. Jessica Navarro
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